3) Señala que es equivocada la afirmación del Tribunal de apelación en sentido de que
3) Señala que es equivocada la afirmación del Tribunal de apelación en sentido de que “no señala las disposiciones establecidas en los arts. 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal” (sic), porque puntualmente refirió las violaciones al debido proceso, por lo que teniendo presente que el error in procedendo constituyó el fundamento de su apelación, no mereció pronunciamiento por el Tribunal de alzada a través del Auto de Vista impugnado: “en razón a que sobre la prueba simplemente relacionada por el Tribunal de Sentencia de Achacachi, se puede discernir que se le ha dado un valor correcto (…) y que se habría efectuado un análisis de la prueba introducida al juicio incurriendo en ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA y fundamentalmente a la prueba literal y las declaraciones testificales de Descargo, correlacionadas con la FALTA DE CONGRUENCIA entre la parte considerativa y resolutiva, así como la inobservancia de las normas sustantivas civiles” (sic). En este motivo, la parte recurrente denuncia la vulneración del debido proceso, amparada en la Constitución Política del Estado, el num. 2 inc. h) del art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica y el inc . 5) del art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Explicación, Complementación y Enmienda de 9
- Del memorial presentado por la imputada Wilma Quispe Casas, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señala que es equivocada la afirmación del Tribunal de apelación en sentido de que
- En el Otrosí 1, la recurrente invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 37 de
- Por su parte, el co-imputado Mario Clares, explicando las razones por las cuales no tuvo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estos supuestos no implican que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal también estableció que en los
- De los antecedentes se evidencia, que el 23 de abril de 2014, la recurrente Wilma
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte recurrente en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
