b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Explicación, Complementación y Enmienda de 9
b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Explicación, Complementación y Enmienda de 9 de octubre de 2013, la imputada Wilma Quispe Casas (fs. 821 a 831 vta.), el Fiscal de Materia (fs. 836 a 837) y el imputado Mario Clares Quispe (fs. 840 a 842 vta.) respectivamente, interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista impugnado que declaró improcedentes los recursos y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Explicación, Complementación y Enmienda de 9
- Del memorial presentado por la imputada Wilma Quispe Casas, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señala que es equivocada la afirmación del Tribunal de apelación en sentido de que
- En el Otrosí 1, la recurrente invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 37 de
- Por su parte, el co-imputado Mario Clares, explicando las razones por las cuales no tuvo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estos supuestos no implican que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal también estableció que en los
- De los antecedentes se evidencia, que el 23 de abril de 2014, la recurrente Wilma
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte recurrente en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
