Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte recurrente en
Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte recurrente en los dos primeros motivos cuestiona en primer término una de las conclusiones asumidas por el Tribunal de alzada en contraste con el principio de incomunicabilidad previsto en el art. 24 del CP, y en segundo término la paralización del proceso en dos ocasiones en vulneración al principio de inmediación; sin embargo, se limita a citar varios Autos Supremos en calidad de precedentes, sin establecer a qué problemática corresponde cada uno de ellos y simplemente a formular una síntesis de su doctrina sin cumplir con la carga procesal de precisar las contradicciones que existirían entre el Auto de Vista recurrido y los precedentes invocados a partir de la existencia de hechos similares, omisión que no puede ser suplida de oficio por este Tribunal
- Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Explicación, Complementación y Enmienda de 9
- Del memorial presentado por la imputada Wilma Quispe Casas, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señala que es equivocada la afirmación del Tribunal de apelación en sentido de que
- En el Otrosí 1, la recurrente invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 37 de
- Por su parte, el co-imputado Mario Clares, explicando las razones por las cuales no tuvo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estos supuestos no implican que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal también estableció que en los
- De los antecedentes se evidencia, que el 23 de abril de 2014, la recurrente Wilma
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte recurrente en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
