Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 386/2014-RA
Sucre, 15 de agosto de 2014
Expediente: La Paz 76/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Mario Clares Quispe y otros
Delitos: Tentativa de Asesinato y otros
RESULTANDO
Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs. 865 a 868, Wilma Quispe Casas con la adhesión contenida en el escrito de 13 de mayo del mismo año, a fs. 870, presentado por Mario Clares Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 10/2014 de 18 de febrero, de fs. 855 a 861 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Gregoria Chura de Mamani, contra Betty y Margarita de apellidos Quispe Casas y los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves, Tentativa de Asesinato, Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 271, 252 relacionado al art. 8, 298 y 332, todos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 386/2014-RA
Sucre, 15 de agosto de 2014
Expediente: La Paz 76/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Mario Clares Quispe y otros
Delitos: Tentativa de Asesinato y otros
RESULTANDO
Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs. 865 a 868, Wilma Quispe Casas con la adhesión contenida en el escrito de 13 de mayo del mismo año, a fs. 870, presentado por Mario Clares Quispe, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 10/2014 de 18 de febrero, de fs. 855 a 861 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Gregoria Chura de Mamani, contra Betty y Margarita de apellidos Quispe Casas y los recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Graves y Leves, Tentativa de Asesinato, Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 271, 252 relacionado al art. 8, 298 y 332, todos del Código Penal (CP)
- Por memorial de 30 de abril de 2014, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Explicación, Complementación y Enmienda de 9
- Del memorial presentado por la imputada Wilma Quispe Casas, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señala que es equivocada la afirmación del Tribunal de apelación en sentido de que
- En el Otrosí 1, la recurrente invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 37 de
- Por su parte, el co-imputado Mario Clares, explicando las razones por las cuales no tuvo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estos supuestos no implican que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal también estableció que en los
- De los antecedentes se evidencia, que el 23 de abril de 2014, la recurrente Wilma
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que la parte recurrente en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
