Auto Supremo AS/0429/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2014

Fecha: 28-Ago-2014

Asimismo, refirieron que, ante el soslayo de los demás principios previstos en el art


Asimismo, refirieron que, ante el soslayo de los demás principios previstos en el art. 180.I de la CPE, solicitaron Explicación, Complementación y Enmienda, a efectos de que el Tribunal de apelación manifieste por qué no hizo aplicación de los demás principios constitucionales; empero, no lo hizo, dejándolos en estado de indefensión, pues no saben, a ciencia cierta, cuál el razonamiento lógico para aplicar únicamente el principio de verdad material; por el contrario, el Tribunal de alzada, fundamentó que aplicó el Auto Supremo 067 de 11 de marzo de 2013, cuando éste resolvió un caso diferente, por los delitos de Difamación y Calumnia, y hace alusión a una prueba ilegalmente judicializada lo que no ocurre en el caso de autos, debido a que la prueba “MP-P2” si fue judicializada al igual que la declaración del “dentista perito”. I, por lo que, la referida doctrina legal, no podía aplicarse a este caso