Auto Supremo AS/0429/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0429/2014

Fecha: 28-Ago-2014

II.2. Apelaciones restringidas


Por Sentencia 12/2013 de 15 de marzo (fs. 387 a 409 vta.), el Tribunal Quinto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a las imputadas Filomena Arce de Gonzáles y Bertha Miranda Gonzáles, absueltas por el delito de Asesinato, sancionado por el art. 252 incs. 2), 3) 6) y 7) del CP; asimismo declaró al co-imputado Eugenio Gonzáles Herrera, absuelto por el delito de Encubrimiento, tipificado por el art. 171 de la norma sustantiva penal, al concluir en lo sustancial que la prueba aportada no fue suficiente para generar la convicción sobre la responsabilidad de los imputados.

En la fundamentación jurídica, el citado Tribunal de Sentencia al referirse a la prueba literal signada como MP-P2, consistente en un protocolo de autopsia de 23 de abril de 2010 y al testimonio del médico forense Víctor Hugo Sequeiros, estableció que la actuación fue realizada sin la presencia de los imputados ni de sus abogados defensores, aspecto observado por la defensa y corroborado por el testigo de cargo Miguel Ángel Escalera y la declaración de los propios imputados, quienes no sabían de dicha actuación, concluyendo que se vulneraron los derechos y garantías al debido proceso, a la defensa técnica, a la igualdad y oportunidad de partes.

II.2. Apelaciones restringidas