Auto Supremo AS/0449/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0449/2014

Fecha: 15-Ago-2014

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2.- Señala que cualquier resolución debe cumplir con el principio de congruencia, debe estar motivada expresando las razones por los que estima o desestima las pretensiones de los sujetos procesales, refiere que el principio de congruencia se encuentra establecido en el art. 190 del Código de Procedimiento Civil; asimismo señala que el A quo no ha sido preciso, ni concreta al haber enfatizado la existencia de un hijo, cuando en la demanda no se hizo constar la causal del art. 130 num. 1) del Código de Familia