Finalmente, en cuanto al contenido del art
Finalmente, en cuanto al contenido del art. 397 del CPC, que regula la valoraci�n de la prueba, acusado por la parte recurrente como violado, este Tribunal tampoco encuentra que sea evidente lo se�alado, por cuanto, y como qued� anotado, no se se�al� de manera precisa por el recurrente as� como tampoco se encontr� por �ste Tribunal, la prueba que habr�a -en criterio de la parte demandante, interrumpido la prescripci�n, conforme pretende hacer ver en el recurso examinado cuando refiere que estos derechos se habr�an estado reclamando mediante notas escritas a las distintas reparticiones anotadas en el propio recurso y arriba mencionadas, raz�n por la que tampoco se encuentra como evidente tal infracci�n normativa
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelaci�n por el demandante (fs
- Dicha resoluci�n motiv� el recurso de casaci�n en el fondo de fs
- Refiri� en tal sentido, afirmando que las autoridades que emitieron el Auto de Vista recurrido,
- Concluy� solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido de
- Que as� planteado el recurso de casaci�n en el fondo, tomando en cuenta los antecedentes
- Que, es preciso en primer t�rmino distinguir dos periodos, el primero comprendido hasta la puesta
- Es claro que en el caso de an�lisis, el derecho del trabajador-actor de accionar el
- No es acertado confundir la imprescriptibilidad reglada en la Nueva Constituci�n Pol�tica del Estado promulgada
- Si bien la Constituci�n Pol�tica del Estado establece en el art
- Por otra parte, si bien se argumenta en el recurso que, los ex trabajadores de
- En ese sentido, si bien gran parte de la fundamentaci�n del recurso est� referido al
- Tampoco resulta apropiado sostener la idea que ante la duda respecto a la interpretaci�n de
- Finalmente, en cuanto al contenido del art
- Bajo esos par�metros se concluye que, no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Reg�strese, notif�quese y devu�lvase
- Secretar�a de la Sala Social Administrativa
