Auto Supremo AS/0401/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2014

Fecha: 19-Sep-2014

El Auto de Vista impugnado realizó una valoración defectuosa de la prueba, defecto que se

Recurso de Casación interpuesto por Juan Bernardo Ardaya Román
El Auto de Vista impugnado realizó una valoración defectuosa de la prueba, defecto que se encuentra previsto en el art. 370 num. 1) y 6) del Código de Procedimiento Penal. La obtención de las pruebas fueron ilegales y no pueden tener valor jurídico, por imperio de los arts. 12, 13, 71, 167, 171, 172, 173, 204, 209, 307, 349 y 355 del Código de Procedimiento Penal, disposiciones que fueron erróneamente aplicadas