Auto Supremo AS/0494/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0494/2014

Fecha: 08-Sep-2014

Mencionando que las resoluciones indicadas han “olvidado” lo establecido en el art

Mencionando que las resoluciones indicadas han “olvidado” lo establecido en el art. 635 del Código Civil; además indican que no debió demandarse la resolución de los contratos, debió plantearse la nulidad de los mismos conforme lo norma el art. 549 del Código Civil aspecto que vulnera la Constitución Política del Estado y las leyes del Estado Plurinacional de Bolivia, indicando que los demandados se encuentran excluidos de la responsabilidad de evicción de esos terrenos, más cuando el comprador obtuvo los mismos bajo su cuenta y riesgo