CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en la forma propuesto por Caty Mary Arévalo Bernal por intermedio de su apoderado Víctor Manuel Villarroel Vargas de fs. 330 a 332 vta., contra el Auto de Vista Nº S-206/2014 de 12 de mayo de 2014 de fs. 320 a 321, pronunciado por la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso de reivindicación y otros, seguido por Caty Mary Arévalo Bernal contra David Félix Cordero Arancibia, respuesta de fs. 335 y vta., la concesión de fs. 337, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Quinto de Partido en lo Civil y comercial de La Paz, pronunció Sentencia cursante de fs. 267 a 272 vta., declarando IMPROBADA la demanda de fs. 9 y vta., sobre reivindicación, restitución del bien inmueble, y daños y perjuicios demanda de fs. 9 y vta. de obrados interpuesta por Caty Mary Arévalo Bernal representada legalmente por Víctor Manuel Villarroel Vargas y Andrés Miguel Villarroel Uriona, salvándose sus derechos para que haga prevalecer sus derechos con las acciones que correspondan
- Partes: Caty Mary Arévalo Bernal. c/ David Félix Cordero Arancibia
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la referida Sentencia por Víctor Manuel Villarroel Vargas en su condición de apoderado de
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- En el caso, los criterios vertidos por la Sala Civil Cuarta no emergerían de los
- Señala además que la acción reivindicatoria no solamente debe estar dirigida contra un simple poseedor
- Que por lo expuesto interpone recurso de casación en la forma contra el Auto de
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Para efectos de la resolución, es preciso tomar en cuenta además lo determinado por el
- De los antecedentes analizados se verifica que el Ad quem no cumplió con su función
- No siendo excusable el error incurrido, se impone multa a los vocales suscriptores del Auto
- En aplicación del art
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
