Señala además que la acción reivindicatoria no solamente debe estar dirigida contra un simple poseedor
Señala además que la acción reivindicatoria no solamente debe estar dirigida contra un simple poseedor o un detentador que no tienen título propietario, puede ser también dirigido contra otro propietario, como en el caso de autos que el demandado tuviera título, que esa situación cita jurisprudencia desarrollada en el Auto Supremo No. 009/2012 de 15 de febrero de 2012, con la que contundentemente se demostraría que los vocales de la Sala Civil Cuarta han incurrido en la violación del art. 236 concordante con el art. 227 del Código de Procedimiento Civil, generando la nulidad del Auto de Vista, al no haberse pronunciado sobre el fondo del recurso de apelación y de la litis
- Partes: Caty Mary Arévalo Bernal. c/ David Félix Cordero Arancibia
- Proceso: Reivindicación y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la referida Sentencia por Víctor Manuel Villarroel Vargas en su condición de apoderado de
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- En el caso, los criterios vertidos por la Sala Civil Cuarta no emergerían de los
- Señala además que la acción reivindicatoria no solamente debe estar dirigida contra un simple poseedor
- Que por lo expuesto interpone recurso de casación en la forma contra el Auto de
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Para efectos de la resolución, es preciso tomar en cuenta además lo determinado por el
- De los antecedentes analizados se verifica que el Ad quem no cumplió con su función
- No siendo excusable el error incurrido, se impone multa a los vocales suscriptores del Auto
- En aplicación del art
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
