Recurso de casación en el fondo de Nieves Betty Machuca Arispe
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Recurso de casación en el fondo de Nieves Betty Machuca Arispe:
Acusa la violación del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, indicando que no se valoró en forma correcta la prueba presentada como contrato de Compra Venta Definitiva de caseta comercial, cursante de fs. 1 a 2 en la misma se indica claramente en su cláusula séptima que la vendedora se compromete a entregar la caseta comercial en fecha 30 de enero de 2009
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Recurso de casación en el fondo de Nieves Betty Machuca Arispe:
Acusa la violación del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, indicando que no se valoró en forma correcta la prueba presentada como contrato de Compra Venta Definitiva de caseta comercial, cursante de fs. 1 a 2 en la misma se indica claramente en su cláusula séptima que la vendedora se compromete a entregar la caseta comercial en fecha 30 de enero de 2009
- Expediente: SC-146-14- S
- Partes: María Odalis Reyes. c/ Nieves Betty Machuca
- Proceso: Resolución de Contrato por imposibilidad sobreviniente
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra el indicado Auto de Vista, que revoca la Sentencia, la parte demandada presenta recurso
- Recurso de casación en el fondo de Nieves Betty Machuca Arispe
- Por otro lado acusa la violación del art
- También acusa la violación de las normas legales sustantivas, art
- Por lo expuesto termina solicitando que se dicte Resolución casando el Auto de Vista recurrido
- Recurso de casación de María Odalis Reyes
- En el caso de Autos, María Odalis Reyes demanda la resolución de contrato por imposibilidad
- Los Tribunales de instancia a dichos antecedentes expuesto en la demanda y la contestación, establecieron
- Estos dos aspectos, debieron ser tomados en cuenta para determinar si existía imposibilidad sobreviniente, por
- De lo expuesto, se tiene que los argumentos del Ad quem, no realza el verdadero
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
