3)Refiriéndose a los puntos apelados contra la Sentencia condenatoria, señala que el Tribunal hubiese incurrido
3)Refiriéndose a los puntos apelados contra la Sentencia condenatoria, señala que el Tribunal hubiese incurrido en falta de enunciación del hecho objeto, de juicio o su determinación circunstanciada (art. 370 inc. 3 CPP), que se hubiese adicionado otros hechos cuando esta actividad está prohibida por la normativa procesal penal (art. 342 parr. 3 del CPP), se denuncia que la Sentencia tiene base en medios probatorios no incorporados legalmente al juicio (art. 370 inc. 4 CPP), que la Sentencia se encuentra basada en hechos inexistentes, no acreditados y valoración defectuosa de la prueba (art. 370 inc. 6 del CPP), reitera la denuncia de insuficiente fundamentación además de contradictoria en la Sentencia apelada (art. 370 inc. 5 del CPP), la violación de derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado (CPE) en su art. 116, Tratados Internacionales además del art. 169 inc. 3 del CPP, por violación a la presunción de inocencia al no existir prueba alguna que acredite con certeza que su persona haya sido el autor de los hechos condenados, y finalmente la vulneración a los principios de imparcialidad e inmediación, refiriendo que en juicio no se hubiesen presentado los testigos Pedro Martínez y el Medico José Luis Satt Razuk, responsable de la emisión del informe medicó
- Por memorial presentado el 2 de enero de 2015 cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Refiriéndose a los puntos apelados contra la Sentencia condenatoria, señala que el Tribunal hubiese incurrido
- El art
- asigna al Auto de Vista impugnado no coincida con el o los precedentes invocados, sea
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 24 de diciembre de 2014, el
- Finalmente como tercer motivo recurrido en casación, refiriéndose a los puntos apelados contra la Sentencia
- Conforme a lo expresado en la respuesta al primer motivo del recurso, se tiene que
- En conclusión se tiene que el recurso de casación motivo de resolución no se encuentra
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
