Regístrese, hágase saber y devuélvase.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Faverto Portal Céspedes, de fs. 360 a 365.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- Por memorial presentado el 2 de enero de 2015 cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3)Refiriéndose a los puntos apelados contra la Sentencia condenatoria, señala que el Tribunal hubiese incurrido
- El art
- asigna al Auto de Vista impugnado no coincida con el o los precedentes invocados, sea
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 24 de diciembre de 2014, el
- Finalmente como tercer motivo recurrido en casación, refiriéndose a los puntos apelados contra la Sentencia
- Conforme a lo expresado en la respuesta al primer motivo del recurso, se tiene que
- En conclusión se tiene que el recurso de casación motivo de resolución no se encuentra
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
