HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
I) En la formulación del recurso de casación, refiere el agravio de los artículos. 354 del Código de Procedimiento Civil, el incumplimiento a la calificación del proceso en ordinario de hecho o de derecho, el agravio del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, respecto a la valoración de la prueba, los arts. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil, la sentencia y la forma de la sentencia y por último el art. 193 del Código de Procedimiento Civil, la falta de la ley expresa, acusando la falta de análisis y valoración de la prueba en la presente litis
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
I) En la formulación del recurso de casación, refiere el agravio de los artículos. 354 del Código de Procedimiento Civil, el incumplimiento a la calificación del proceso en ordinario de hecho o de derecho, el agravio del art. 397 del Código de Procedimiento Civil, respecto a la valoración de la prueba, los arts. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil, la sentencia y la forma de la sentencia y por último el art. 193 del Código de Procedimiento Civil, la falta de la ley expresa, acusando la falta de análisis y valoración de la prueba en la presente litis
- Partes: Serapio Janco López. c/ Francisca Colque García
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia interpuso recurso de apelación Serapio Janco López por memorial de fs
- Con la aclaración referente al molino de los antecedentes, si acaso el mismo hubiere sido
- Contra dicha Sentencia la parte demandante interpuso recurso de apelación, que mereció el Auto de
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- II) Reclama la falta de análisis y valoración de la prueba y obscuridad e imprecisión
- Con referencia a la denuncia de la vulneración de los arts
- II
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- Correspondiendo resolver en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
