Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0070/2015-RRC
Fecha: 29-Ene-2015
II.2.Sentencia
II.2.Sentencia
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Por memorial presentado el 25 de agosto de 2014, cursante de fs
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b)Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario (fs
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De la revisión del recurso de casación y Auto de admisión 598/2014 de 27 de
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Mediante el Auto Supremo 598/2014 de 27 de octubre, se admitió el recurso de casación
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II.1. Acusación particular
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El querellante, fundamentó señalando que: “…los acusados NICOLÁS MORALES QUISPE y FLORENCIO MAMANI CASTRO junto
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en el Sector de Senkata inmueble No
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II.2.Sentencia
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El Juzgado de Sentencia, fundamentó de la siguiente manera: “Que conforme se desprende de la
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3º Ahora bien, conforme la eficacia probatoria emergente de las pruebas de cargo, así como
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sustantiva, que el imputado no esté suficientemente individualizado, que no exista fundamentación de la Sentencia
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II.4. Auto de Vista impugnado
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El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 40/2014 de 6 de junio, que
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Corresponde expresar que una de las funciones primordiales del recurso de casación es la de
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En el presente caso, los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada omitió referirse sobre
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III
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El Estado boliviano, a través de los operadores de justicia tiene como una de sus
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juzgador al emitir el fallo debe resolver los puntos denunciados, mediante el conjunto de razonamientos
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Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
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Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
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Lo anterior significa, que la falta de fundamentación o motivación, concurriría cuando la resolución emitida
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III.2.La incongruencia omisiva como defecto absoluto.- Requisitos
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En el contexto precisado en el acápite anterior, se incurre en el defecto de la
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Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
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Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
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textualmente refiere: ‘Los tribunales de alzada circunscribirán sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la
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III.3. Análisis del caso concreto
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Por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, a efecto de
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
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A los efectos de lo previsto por el art
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En aplicación del art
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Regístrese, hágase saber y cúmplase.
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