Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0362/2015
Fecha: 27-Oct-2015
Distrito: Potosí
Distrito: Potosí
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Auto Supremo Nº 362/2015
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Expediente: SC-CA.SAII-PTS.167/2015
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Distrito: Potosí
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Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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En grado de apelación deducido por Gonzalo Condori Fernández, de fs
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La resolución de apelación motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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Expresa que el demandado en la gestión 2011 le canceló sueldos y aguinaldos correspondientes a
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I
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Arguye que el trabajador tiene como medio de defensa su palabra, y quien debe probar
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II
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Expresa que no obstante de lo dispuesto por el art
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Aduce que el art
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Reitera que de la revisión del expediente el demandado: 1) No produjo prueba que desvirtúe
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III
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Concluye solicitando que se case el auto de vista de fs
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CONSIDERANDO II: Que, del análisis y compulsa de los antecedentes del proceso, se concluye lo
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En cuanto a las características esenciales de la relación laboral, cabe referir que todo trabajo,
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La subordinación y dependencia, compone el elemento principal para la identificación de la existencia del
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En este elemento, el poder jurídico al que refiere el párrafo precedente es inherente a
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Lo anterior conlleva una descripción del significado clásico de la subordinación o dependencia donde se
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Representa una labor personal física o intelectual, que implica la realización de actos materiales ejecutados
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Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado, es
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En el caso de autos, no se evidencia que la prestación de servicios del actor
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Por otro lado, como se advierte que la sentencia de primera instancia estableció la inexistencia
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El fundamento glosado fue corroborado y confirmado a través del auto de vista impugnado, refiriendo
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Bajo estas consideraciones se advierte que, el tribunal ad quem al confirmar la sentencia de
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Por los fundamentos expuestos, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts
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POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
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ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
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