Representa una labor personal física o intelectual, que implica la realización de actos materiales ejecutados
b) Prestación de trabajo por cuenta ajena
Representa una labor personal física o intelectual, que implica la realización de actos materiales ejecutados por el trabajador con su pleno conocimiento en beneficio del empleador, trátese de persona natural o jurídica. En virtud de esta figura, tanto el costo del trabajo como los resultados son destinados al empleador, quien corre con todos los riesgos y aprovecha los resultados; recibiendo el trabajador a cambio una remuneración por su labor, sin que se vea afectado por el resultado económico de la operación. Desde este panorama, la doctrina enseña que el trabajo por cuenta ajena exige tres características esenciales: a) Que el costo del trabajo corra a cargo del empleador; b) Que el resultado del trabajo se incorpore al patrimonio del empleador; y, c) Que sobre el empleador recaiga el resultado económico favorable o adverso, sin que el trabajador se vea afectado por el mismo
Representa una labor personal física o intelectual, que implica la realización de actos materiales ejecutados por el trabajador con su pleno conocimiento en beneficio del empleador, trátese de persona natural o jurídica. En virtud de esta figura, tanto el costo del trabajo como los resultados son destinados al empleador, quien corre con todos los riesgos y aprovecha los resultados; recibiendo el trabajador a cambio una remuneración por su labor, sin que se vea afectado por el resultado económico de la operación. Desde este panorama, la doctrina enseña que el trabajo por cuenta ajena exige tres características esenciales: a) Que el costo del trabajo corra a cargo del empleador; b) Que el resultado del trabajo se incorpore al patrimonio del empleador; y, c) Que sobre el empleador recaiga el resultado económico favorable o adverso, sin que el trabajador se vea afectado por el mismo
- Auto Supremo Nº 362/2015
- Expediente: SC-CA.SAII-PTS.167/2015
- Distrito: Potosí
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- En grado de apelación deducido por Gonzalo Condori Fernández, de fs
- La resolución de apelación motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Expresa que el demandado en la gestión 2011 le canceló sueldos y aguinaldos correspondientes a
- I
- Arguye que el trabajador tiene como medio de defensa su palabra, y quien debe probar
- II
- Expresa que no obstante de lo dispuesto por el art
- Aduce que el art
- Reitera que de la revisión del expediente el demandado: 1) No produjo prueba que desvirtúe
- III
- Concluye solicitando que se case el auto de vista de fs
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis y compulsa de los antecedentes del proceso, se concluye lo
- En cuanto a las características esenciales de la relación laboral, cabe referir que todo trabajo,
- La subordinación y dependencia, compone el elemento principal para la identificación de la existencia del
- En este elemento, el poder jurídico al que refiere el párrafo precedente es inherente a
- Lo anterior conlleva una descripción del significado clásico de la subordinación o dependencia donde se
- Representa una labor personal física o intelectual, que implica la realización de actos materiales ejecutados
- Otro elemento de la relación de trabajo, es la contraprestación por el trabajo desarrollado, es
- En el caso de autos, no se evidencia que la prestación de servicios del actor
- Por otro lado, como se advierte que la sentencia de primera instancia estableció la inexistencia
- El fundamento glosado fue corroborado y confirmado a través del auto de vista impugnado, refiriendo
- Bajo estas consideraciones se advierte que, el tribunal ad quem al confirmar la sentencia de
- Por los fundamentos expuestos, corresponde resolver el recurso conforme disponen los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
