Auto Supremo AS/0362/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2015

Fecha: 27-Oct-2015

En cuanto a las características esenciales de la relación laboral, cabe referir que todo trabajo,

En cuanto a las características esenciales de la relación laboral, cabe referir que todo trabajo, más allá del grado de preparación técnica requerido para cada profesión u oficio, constituye una prestación a favor de otro, por lo cual existe siempre la realización de un acto, la prestación de un servicio o bien la ejecución de una obra; en ese marco, el DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993 anuncia las características esenciales de la relación laboral: a) La relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto del empleador; b) La prestación del trabajo por cuenta ajena; y, c) La percepción de remuneración o salario en cualquiera de sus formas de manifestación. Sobre este particular, en similar entendimiento el art. 2 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, establece que en las relaciones laborales donde concurran aquellas características esenciales precedentemente citadas, se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la LGT