Auto Supremo AS/0707/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0707/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Debe señalarse que la doctrina laboral ha entendido que en el derecho laboral, por su

Debe señalarse que la doctrina laboral ha entendido que en el derecho laboral, por su naturaleza protectora a favor del trabajador, debe aplicarse el criterio de la igualdad entre partes, que permitan un razonable equilibrio notoriamente desigual, dada la diferencia económica y social existente entre el empleador y el trabajador, principio protector plasmado en los arts. 46 y 48 de la Constitución Política del Estado (CPE), 4 de la LGT, 3.g) y 59 del CPT