Es importante considerar que uno de los principios que regula el proceso laboral, es el
Es importante considerar que uno de los principios que regula el proceso laboral, es el referido a la preclusión procesal, conforme se encuentra establecido en el art. 3.e) y 57 del CPT, mismo que enseña que, consistiendo el proceso en el desarrollo de diversas etapas en forma sucesiva, mediante la clausura definitiva de cada una de ellas, el Juez debe impedir el regreso a los momentos procesales ya extinguidos o consumados, rechazando de oficio toda petición por pérdida de la oportunidad conferida por la Ley para la realización de un acto procesal
- CONSIDERANDO I
- Dicha resolución fue recurrida en apelación por la parte demandada (fs
- El mencionado Auto de Vista originó que la parte demandada formule el recurso de casación
- Señaló que siendo la facultad del Tribunal de Alzada el de verificar que el proceso
- 2) Que la Resolución que cursa a fs
- 3) Que al ampliar el término de prueba por más de un mes para recibir
- 4) Que se notificó a la parte demandada para audiencia de declaración de testigos de
- Concluyó solicitando a la entonces Corte Suprema de Justicia, actualmente Tribunal Supremo de Justicia, que
- Así, planteado el presente recurso, este Tribunal Supremo de Justicia tiene la obligación de resolver
- Es importante considerar que uno de los principios que regula el proceso laboral, es el
- En ese sentido, se advierte que las observaciones de procedimiento hechas por la parte recurrente
- En lo que respecta al punto 5), donde se acusa pérdida de competencia del Tribunal
- Que, el razonamiento expuesto por la parte recurrente, carece de sustento jurídico, por lo tanto
- Por lo anotado, tampoco procede la nulidad de obrados pretendida por el recurrente en esta
- Se tiene que el principal y único motivo que lleva a la parte recurrente a
- Debe señalarse que la doctrina laboral ha entendido que en el derecho laboral, por su
- Se debe tener también presente el principio de la inversión de la prueba, establecido en
- Es preciso indicar también, respecto a la valoración probatoria, que el juzgador tiene el deber
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber contestado al recurso de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
