Auto Supremo AS/0708/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0708/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


El referido precedente fue emitido dentro de un proceso penal seguido por el delito de Asesinato, en el cual la extinta Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, al constar que el Tribunal de Sentencia no elevó ante el Tribunal de alzada una apelación incidental respecto a una excepción de falta de acción e incompetencia interpuesta por la parte acusada; en cambio en el caso de autos, la recurrente acusa incongruencia omisiva, sin considerar que de su parte no interpuso recurso de apelación incidental ni menos restringida y que carece de legitimación activa para reclamar de incongruencia omisiva en el caso de autos, puesto que de su parte no hizo uso de ningún medio de impugnación; por lo cual, este motivo también deviene en infundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Agustina Remedios Machicado Aruquipa, cursantes de fs. 161 a 177 vta