Que, para resolver lo demandado, debemos partir inicialmente por señalar, que, ni el recurso propuesto,
Que, para resolver lo demandado, debemos partir inicialmente por señalar, que, ni el recurso propuesto, ni los antecedentes del proceso con los datos que éste aporta, exponen con precisión la norma que de manera expresa establecería el régimen laboral de los funcionarios civiles que prestan servicios en la EMI; de modo que se tenga certeza de tal cuestión jurídica que ocupa hoy a este Tribunal; por lo que, es necesario desplegar un razonamiento interpretativo respecto al ámbito de aplicación de las normas laborales en general, así como las normas que rigen para los servidores públicos
- Magistrado Relator: Antonio Guido Campero Segovia
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada de fs
- La resolución de segunda instancia, motivó que Jaime Fabián Chávez Cuevas en representación de la
- Señala que, el Auto de Vista va en contra de lo dispuesto por la ley
- Indica que, al tratarse de funcionarios públicos, corresponde aplicar el art
- Concluyó solicitando que una vez concedido el recurso, el Tribunal superior en grado, declare la
- CONSIDERANDO II
- Que, para resolver lo demandado, debemos partir inicialmente por señalar, que, ni el recurso propuesto,
- Por su parte, el art
- Sin embargo, también se tiene previsto por el art
- En cuanto a los funcionarios y empleados públicos, fue el art
- De lo anotado, se concluye en primer término que, no es absoluto el hecho de
- Bajo ese antecedente normativo, la Escuela Militar de Ingeniería fue creada mediante DS Nº 2226
- Por otra parte, necesario es distinguir los distintos tipos de funcionarios que forman parte de
- El art
- De modo que, al ser una entidad pública descentralizada bajo las características anotadas, no es
- Finalmente debemos anotar que, siendo las normas sociales de cumplimiento obligatorio, sus normas deben ser
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación,
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
