Auto Supremo AS/0716/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Finalmente corresponde establecer que, la simple relación expuesta y la denuncia de carácter enunciativo

Finalmente corresponde establecer que, la simple relación expuesta y la denuncia de carácter enunciativo contenida en el primer y cuarto apartado identificado en el memorial de casación de fs. 171-172 vta., donde el recurrente acusa que se habrían vulnerado los principios laborales de libre apreciación de la prueba art. 3.j) del CPT., principio de primacía de la relación laboral art. 48.II de la CPE y debido proceso art. 115.II de la CPE., no sustituye a la fundamentación que deben hacer los recurrentes para demostrar la forma en la que el tribunal de grado violó las normas que se impugnan para dar lugar a una decisión en casación, por ello, la jurisprudencia nacional coincidente con los criterios doctrinales del derecho procesal, que requieren del recurso de casación, no sólo un simple carácter indicativo de la ley o leyes violadas, aplicadas falsa o erróneamente, sino que, por el contrario, sean observaciones precisas, claras y puntuales acerca de los yerros o faltas que se observan y/o acusan; lo que no ocurre en el caso de autos