Auto Supremo AS/0716/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0716/2015

Fecha: 05-Oct-2015

Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los

Que de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados en el inciso 2) del art. 258 del CPC, (es decir fundamentar el recurso) toda vez que si bien citó disposiciones presuntamente infringidas, mal aplicadas o erróneamente interpretadas, no demostró en que consiste el error de hecho o de derecho que hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas, simplemente presenta un memorial de escaso contenido jurídico