En cumplimiento a lo previsto en el art
En cumplimiento a lo previsto en el art. 17. IV de la LOJ póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo para su registro respectivo, debiendo tenerse presente que conforme al dispositivo citado, así como el art. 275 del CPC y la recomendación N° 22 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe aprobado el 5 de diciembre de 2013 (GARANTÍAS PARA LA INDEPENDENCIA DE LAS Y LOS OPERADORES DE JUSTICIA, HACIA EL FORTALECIMIENTO DEL ACCESO A LA JUSTICIA Y EL ESTADO DE DERECHO EN LAS AMÉRICAS), la remisión de Autos Supremos anulatorios como el presente no tienen la finalidad de activar proceso administrativo alguno
- VISTOS: El recurso casación en la forma de fs
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- Manifestó luego que, el Tribunal de alzada omitió deliberadamente pronunciarse respecto de todos los puntos
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- 202
- c) Señalo también que la Sentencia incumplió con el principio universal “tantum devoluntum apellatun”, después
- Bajo estos parámetros, se concluye que resulta cierta la violación de los arts
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- No siendo excusable el error cometido, se impone multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
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