b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida
b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 125 a 128 vta.), resuelto por Auto de Vista 030/2011 de 4 de (fs. 138 a 141 vta.), pronunciado por la Sala Penal de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, que declaró sin lugar el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 16 de agosto de 2015, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 040/2009
- b) Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 686/2015-RA-L de 21
- En base a los argumentos que expone, solicita la admisión del recurso y se emita
- Mediante Auto Supremo 686/2015-RA-L de 21 de septiembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- La Sentencia 040/2009 de 23 de noviembre, con relación a los hechos, relacionó que los
- En base a la prueba testifical, el Tribunal de Sentencia arribó a la convicción de
- II.2. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada, por Auto de Vista 030/2011 de 4 de agosto, declaró sin
- Sobre el agravio referido a la existencia de defecto absoluto contenido en el art
- III. VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCION DEL PRECEDENTE INVOCADO CON LA RESOLUCION IMPUGNADA
- III.1.Doctrina legal aplicable asumida en el precedente invocado
- El recurrente, para fundar su recurso de casación, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo
- Conclusivamente, ‘En aquellos supuestos en que el tribunal de alzada se incline por anular parcialmente
- III.2. Análisis del caso concreto
- Previamente, es menester dejar establecido que la actuación y límites de los Tribunales de alzada
- En el caso presente, el Tribunal de apelación en el Considerando II, punto III
- Es así, que el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación formulada por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
