Auto Supremo AS/0743/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0743/2015-RRC-L

Fecha: 12-Oct-2015

Mediante Auto Supremo 481/2015-RA-L de 13 de agosto, de fs


I.1.1. Del motivo del recurso de casación

El recurrente luego de hacer mención a los motivos del recurso de apelación restringida que presentaron los acusadores, expresa que el Tribunal de alzada procedió a realizar una revisión de oficio del proceso penal y estableció que se hubiese roto el principio de continuidad al señalarse las audiencias por más de diez días calendario; sin embargo, los querellantes en la celebración del proceso no realizaron ninguna observación ni reclamo del acto defectuoso conforme el art. 407 del Código de Procedimiento Penal (CPP), convalidando los actos de la Juez de la causa, al respecto, señala que en materia de nulidades procesales rige el principio de especificidad o de legalidad establecido en el art. 297 del CPP; asimismo, el principio de trascendencia establece que no hay nulidad sin perjuicio, por lo tanto, no pueden hacer valer la nulidad si no han sufrido un gravamen con la infracción; agrega que, no se puede pretender hacer valer una nulidad de forma, si la alteración procesal no tiene vital importancia sobre las garantías esenciales de defensa en juicio.

I.1.2. Petitorio

El recurrente solicita declarar procedente el recurso de casación y dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido y subsistente la Sentencia apelada, con costas.

I.2. Admisión del recurso

Mediante Auto Supremo 481/2015-RA-L de 13 de agosto, de fs. 797 a 799 vta., este Tribunal admitió el recurso de casación para su análisis de fondo respecto al motivo denunciado vía flexibilización