Respecto a la inexistencia del contrato laboral que demuestre la fecha exacta de ingreso
Respecto a la inexistencia del contrato laboral que demuestre la fecha exacta de ingreso del trabajador, recordar que dicho argumento no fue expuesto a momento de interponer la apelación, sin embargo en materia laboral la relación laboral no únicamente puede ser demostrada mediante un contrato escrito sino rige también el contrato verbal y su existencia se demostrara mediante todos los medios de prueba, conforme lo dispone el art. 6 de la Ley General del Trabajo (LGT), ahora bien en el caso presente el demandado no llegó a desvirtuar que el demandante ingreso a la Empresa a trabajar desde abril de 2008, por lo que no se advierte que el tribunal de Alzada haya incurrido en errada valoración probatoria para arribar a las conclusiones expuestas en el Auto de Vista
- Demandado: Empresa FIJAN CONST. Ltda
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Claudia María Janco Fernández en representación de la
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado mediante memorial de fs
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia, declare infundado el Auto de Vista
- II
- Con relación a la confesión provocada cuya acta cursa en fs
- Con respecto a la fecha de ingreso del trabajador a la Empresa, el recurrente afirma
- En lo que concierne a la supuesta irresponsabilidad en la que hubiera incurrido el demandante
- Respecto a la inexistencia del contrato laboral que demuestre la fecha exacta de ingreso
- A ello se añade, la consideración de que el Derecho Laboral, se estructura fundamentalmente sobre
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
