Auto Supremo AS/0752/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0752/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Con relación a la confesión provocada cuya acta cursa en fs

Con relación a la confesión provocada cuya acta cursa en fs. 57 el Auto de Vista lo contrapone contra el Memorando de despido de fs. 71 al manifestar:
“la juzgadora analizó el memorando de fs. 71 en el que indubitablemente se establece que la Empresa demandada prescinde de los servicios del actor por motivos de reestructuración interna y es así que contra el contenido de este documento que tiene la fe probatoria prevista por el art. 169 del Código Procesal del Trabajo (CPT), suscrito por el representante legal de la Empresa, resulta irrelevante lo que dicha representante hubiera podido decir en su confesión provocada…..”(sic)
Lo anterior demuestra por un lado que el Tribunal de Alzada en efecto consideró la declaración de fs. 57, y por otro dicha declaración no logra desvirtuar, ni quitar y mucho menos adicionar elementos en la carta de despido donde manifiesta que la desvinculación laboral se debió a una reestructuración del empleador, por otro lado las literales de fs. 61 a 63 tampoco logran modificar el memorando de despido de fs. 71, consecuentemente no se advierte errada valoración de la prueba en el Auto de Vista