Interpuesto el recurso de apelación por el demandado mediante memorial de fs
I.2 Auto de Vista
Interpuesto el recurso de apelación por el demandado mediante memorial de fs. 92 a 95 fue resuelto por Auto de Vista N° 117/2011 de 23 de mayo, por el cual la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, confirmó la sentencia de 7 de mayo de 2009, con costas en ambas instancias
Interpuesto el recurso de apelación por el demandado mediante memorial de fs. 92 a 95 fue resuelto por Auto de Vista N° 117/2011 de 23 de mayo, por el cual la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, confirmó la sentencia de 7 de mayo de 2009, con costas en ambas instancias
- Demandado: Empresa FIJAN CONST. Ltda
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Claudia María Janco Fernández en representación de la
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado mediante memorial de fs
- Concluyó solicitando que la Corte Suprema de Justicia, declare infundado el Auto de Vista
- II
- Con relación a la confesión provocada cuya acta cursa en fs
- Con respecto a la fecha de ingreso del trabajador a la Empresa, el recurrente afirma
- En lo que concierne a la supuesta irresponsabilidad en la que hubiera incurrido el demandante
- Respecto a la inexistencia del contrato laboral que demuestre la fecha exacta de ingreso
- A ello se añade, la consideración de que el Derecho Laboral, se estructura fundamentalmente sobre
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
