Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
I.2. Motivos del recurso de casación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 587 a 590 vta., interpuesto por el coactivado Alexander Sassha Torrico Tumaev, y en lo esencial de su contenido se extrae como motivos del mismo, lo siguiente:
1) En la forma, solicitó la nulidad de obrados en aplicación del art. 252 del Código de Procedimiento Civil (CPC) hasta la interposición de una nueva demanda porque se identificaron a los funcionarios que fueron beneficiarios con el pago de las vacaciones anuales 1994 y 1995 y que no fueron demandados, violando la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y al debido proceso ya que el proceso se basa sobre un Dictamen de Responsabilidad Civil que omitió pronunciamiento sobre los tres incisos del art. 31 de la Ley SAFCO porque no se estableció ninguna responsabilidad a los funcionarios que percibieron los pagos de tales vacaciones, vulnerando los derechos mencionados respecto de los coactivados, porque no se tomó en cuenta la solidaridad de la dicha disposición legal contra todas las personas que deber ser identificadas como responsables, señalando la jurisprudencia del Auto Supremo N° 338 de 23 de Septiembre de 2008
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 587 a 590 vta., interpuesto por el coactivado Alexander Sassha Torrico Tumaev, y en lo esencial de su contenido se extrae como motivos del mismo, lo siguiente:
1) En la forma, solicitó la nulidad de obrados en aplicación del art. 252 del Código de Procedimiento Civil (CPC) hasta la interposición de una nueva demanda porque se identificaron a los funcionarios que fueron beneficiarios con el pago de las vacaciones anuales 1994 y 1995 y que no fueron demandados, violando la seguridad jurídica, el derecho a la defensa y al debido proceso ya que el proceso se basa sobre un Dictamen de Responsabilidad Civil que omitió pronunciamiento sobre los tres incisos del art. 31 de la Ley SAFCO porque no se estableció ninguna responsabilidad a los funcionarios que percibieron los pagos de tales vacaciones, vulnerando los derechos mencionados respecto de los coactivados, porque no se tomó en cuenta la solidaridad de la dicha disposición legal contra todas las personas que deber ser identificadas como responsables, señalando la jurisprudencia del Auto Supremo N° 338 de 23 de Septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por el coactivado Alexander Sassha Torrico Tumaev de fs
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- 3) Afirmó que se incurrió en interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley, de
- Que, así planteado el recurso, pese a que no cumple a cabalidad con la técnica
- Al respecto, según la doctrina, el proceso es concebido como la secuencia de actos que
- Ahora bien, efectivamente el proceso se desenvuelve en instancias o etapas, de modo que los
- En el marco de lo precedentemente expuesto, es necesario mencionar que la vulneración alegada por
- Recordando que el art
- Consiguientemente, en el caso presente se debe aplicar el art
- Observándose en consecuencia que el coactivado no acreditó con prueba de descargo alguna lo ahora
- II
- Consiguientemente, el incumplimiento de esta disposición legal referida a las vacaciones anuales, propiciaron la ratificación
- De todo lo expuesto, y considerando todos los razonamientos precedentes, se llega al convencimiento que
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
