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    Auto Supremo AS/0767/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0767/2015

    Fecha: 09-Oct-2015

    Las falencias advertidas inducen a aplicar lo advertido por los arts

    A las inexactitudes advertidas debe añadirse el petitorio, pues no obstante haber interpuesto recurso de casación en la forma, que implicaría la nulidad de la Resolución recurrida, pide que se pronuncie resolución Casando y/o anulando el Auto de Vista y que fallando en el fondo se declare probada la excepción opuesta e improbada la demanda.
    Las falencias advertidas inducen a aplicar lo advertido por los arts. 271.1 y 272.2 del CPC
    • CONSIDERANDO I
    • Dicha resolución fue recurrida en apelación por la entidad coactivante de fs
    • La resolución de segunda instancia, motivó que Rubén Darío Mendoza Cossío en representación legal de
    • Finaliza el mismo manifestando interponer el recurso de casación en la forma en contra del
    • Respecto a los requisitos de procedencia del recurso de casación es necesario hacer referencia a
    • Uno de los requisitos de procedencia del recurso de casación se encuentra establecido en el
    • Siguiendo dicho lineamiento, mediante el Auto Supremo Nº 23 de 18 de febrero de 2013
    • Teniendo presente los fundamentos jurídicos expuestos en el acápite que precede, se advierte que el
    • Mediante el segundo motivo del recurso de casación en la forma, se cuestiona que la
    • Las falencias advertidas inducen a aplicar lo advertido por los arts
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

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