Uno de los requisitos de procedencia del recurso de casación se encuentra establecido en el
Uno de los requisitos de procedencia del recurso de casación se encuentra establecido en el art. 258.2 del CPC, que impone al recurrente “…citar en términos claros, concretos y precisos…, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente, y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso…”; carga procesal que es de cumplimiento obligatorio por parte del recurrente con la finalidad de abrir la competencia del Tribunal de casación; ahora bien, su inobservancia tiene como sanción la declaración de improcedencia del recurso conforme previene el art. 272.2 del CPC
- CONSIDERANDO I
- Dicha resolución fue recurrida en apelación por la entidad coactivante de fs
- La resolución de segunda instancia, motivó que Rubén Darío Mendoza Cossío en representación legal de
- Finaliza el mismo manifestando interponer el recurso de casación en la forma en contra del
- Respecto a los requisitos de procedencia del recurso de casación es necesario hacer referencia a
- Uno de los requisitos de procedencia del recurso de casación se encuentra establecido en el
- Siguiendo dicho lineamiento, mediante el Auto Supremo Nº 23 de 18 de febrero de 2013
- Teniendo presente los fundamentos jurídicos expuestos en el acápite que precede, se advierte que el
- Mediante el segundo motivo del recurso de casación en la forma, se cuestiona que la
- Las falencias advertidas inducen a aplicar lo advertido por los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
