Que, el Auto de Vista realiza una errónea interpretación del art
Que, el Auto de Vista realiza una errónea interpretación del art. 53 de la Ley Nº 1340, contrariamente a la adoptada en la Resolución Nº 4/06 SSA.III, de 14 de enero de 2006, emitida por la misma Sala Social y Administrativa, al realizar un cómputo diferente al establecido en la Sentencia de primer grado, confirmada por el Ad-quem, sin considerar que el impuesto correspondiente a la gestión 1995 prescribiría recién en el año 2002, habiéndose sin embargo interrumpido a la notificación con la Resolución Determinativa Nº 2409/2001 de 14 de diciembre de 2001, efectuada al sujeto pasivo el 21 de noviembre de 2001, conforme el art. 54 numeral 1) de la Ley 1340, que establece “El curso de la prescripción se interrumpe; por la determinación del tributo, sea esta efectuada por la Administración Tributaria o por el contribuyente, tomándose como fecha la de la notificación o de la presentación respectiva…”
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el recurso de apelación por Ronald Hernán Cortez Castillo en representación del Gobierno Municipal
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo por parte de Ronald
- Que, el Auto de Vista realiza una errónea interpretación del art
- Refiere además que los arts
- El Gobierno Municipal de La Paz recurrente, pide que este Tribunal Supremo dicte casar el
- CONSIDERANDO II
- Ante las interpretaciones formuladas por el recurrente, se concibe imperioso efectuar una revisión a un
- El instituto de la prescripción estaba contemplado en nuestro ordenamiento jurídico abrogado (Ley Nº 1340
- Interrupción
- 2)Por el reconocimiento expreso de la obligación por parte del deudor
- 3)Por el pedido de prorroga u otras facilidades de pago
- Interrumpida la prescripción comenzará a computarse nuevamente el término de un nuevo periodo a partir
- Corresponde precisar que de la revisión de antecedentes administrativos se evidencia que la notificación con
- Asimismo, el art
- Consiguientemente, a efectos del cómputo de la prescripción, conforme con el art
- Consecuentemente, por todo lo expuesto corresponde dar cumplimiento a los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
