Auto Supremo AS/0790/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0790/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Revisado los recursos de casación se advierte como motivos del mismo lo siguiente

I.2. Motivos del recurso de casación
Revisado los recursos de casación se advierte como motivos del mismo lo siguiente:
Del recurso de Rodolfo Ramírez Salazar
El recurrente refiere que, presento memorial de 17 de mayo de 2010 de fs. 312, por el cual denunció nulidad de la notificación con la Sentencia, asimismo continuó señalando que, el Tribunal de Alzada mediante decreto de 18 de mayo de 2010 de fs. 314 respondió a dicho memorial de la siguiente forma “A su oportuna consideración en resolución”(sic), sin embargo dicho Tribunal de Alzada a momento de emitir su Resolución únicamente resolvió el recurso de apelación interpuesto por Jenny Rodríguez Cano sin pronunciarse sobre la nulidad presentada mediante memorial de fs. 312 lo que, lo situó en estado de indefensión; hace cita igualmente de la SC Nº 1845/2004-R de 30 de noviembre. Continúa refiriendo que durante la tramitación del proceso también existen otras notificaciones que merecen nulidad por que se notificó a Rodolfo Ramírez Solano y no Rodolfo Ramírez Salazar, habiéndose en consecuencia notificado a otra persona, entre dichas notificaciones erradas menciona las de fs. 127, 135, 144, 148 vta., 152, 163, 177, 179, 181., 190 y 194