Auto Supremo AS/0796/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0796/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Que, el Auto de Vista N° 81/2011 de 18 de julio, que ha confirmado el

Que, el Auto de Vista N° 81/2011 de 18 de julio, que ha confirmado el Auto definitivo emitido por el A quo, ha infringido el principio de especificidad y pertinencia establecido por el art. 236 del CPC, al no haber atendido los puntos apelados. El A-quo desconociendo su competencia procedió a anular obrados hasta el auto de admisión, realizando una interpretación errónea y aplicación indebida del art. 1-II del CPC, que establece que los jueces “…no podrán fallar bajo pretexto de falta, oscuridad o insuficiencia de la Ley, en causas sometidas a su juzgamiento, debiendo pronunciar sentencia según la equidad que nace de las leyes … (sic)…”, provocando negación de justicia, amparándose para ello en un precedente erróneo que no tiene carácter vinculatorio