CONSIDERANDO 11
CONSIDERANDO 11:
11.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Así planteado el recurso de casación en el fondo, se advierte que la controversia principal se circunscribe a cuestionar los beneficios sociales establecidos por los de instancia en favor del actor, manifestando que el contrato suscrito con el actor fue en calidad de consultoría, como consultor en línea, por lo que no le asiste los beneficios sociales
11.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Así planteado el recurso de casación en el fondo, se advierte que la controversia principal se circunscribe a cuestionar los beneficios sociales establecidos por los de instancia en favor del actor, manifestando que el contrato suscrito con el actor fue en calidad de consultoría, como consultor en línea, por lo que no le asiste los beneficios sociales
- 2015 que concedió el recurso a fs. 214; los antecedentes del proceso; y
- En grado de apelación deducida por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa del
- La resolución de segunda instancia, motivó que Carmen Paola !vana Camacho Vega en representación de
- Refiere que el DS Nº 0181 de 28 de junio de 2009,
- Con ello, la entidad recurrente manifiesta que el Juez de grado interpretó y aplicó
- Finaliza su recurso, solicitando que radicados que sean los actuados de la materia ante
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- En esencia todo trabajo, más allá al grado de preparación técnica requerido para cada
- una dependencia que conecte al empleador con el trabajador
- física o intelectual que conlleva la realización de actos materiales, ejecutados por el trabajador
- e) Remuneración o salario, como otro elemento de la relación de trabajo, es la
- 1985, se dispone la Conformación del Directorio como máximo nivel de decisión bajo la
- El Concejo Municipal de Cochabamba, mediante Ordenanza Municipal Nº 1867/96
- En ese sentido se tiene que SEMAPA,
- II
- Asimismo a partir de las afirmaciones del recurrente en sentido que el actor fue
- Es importante tener presente que las disposiciones sociales son de orden público
- Por los fundamentos expuestos se concluye no ser evidentes las infracciones acusadas por el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y ContenciosaAdm
- Sin costas en aplicación de los arts
- Firmado
