Auto Supremo AS/0892/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0892/2015

Fecha: 06-Oct-2015

Como tercer agravio, expresa la vulneración al derecho a la defensa al no constar la

Como tercer agravio, expresa la vulneración al derecho a la defensa al no constar la notificación con el decreto de 04 de marzo a fs. 106 a la recurrente, en principio conforme se expuso supra este decreto de fs. 106, no resulta un actuado trascendental que vaya a generar indefensión a la recurrente, sino, resulta una resolución de mero trámite, siendo inviable y reprochable solicitar o pretender nulidad alguna por una cuestión netamente formal que no ha de afectar el fondo de la Litis, olvidando la recurrente cual la finalidad del proceso, que es la solución de un conflicto jurídico y no la perfección procesal, simplemente a efectos de dar una respuesta precisa, corresponde aclarar que lo alegado no resulta evidente ya que, a fs. 108 se evidencia el formulario de notificaciones donde claramente se advierte la notificación con el oficio de fs. 106 y vta., es decir, que se evidencia la notificación de la resolución de fs. 106 de fecha 04 de marzo de 2006, careciendo de asidero y trascendencia lo alegado