Auto Supremo AS/0902/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0902/2015

Fecha: 08-Oct-2015

El Juez, basándose en las pruebas del proceso, determinó la fecha correcta en la litis,

El Juez, basándose en las pruebas del proceso, determinó la fecha correcta en la litis, hecho que de ninguna manera vulnera lo establecido en el art. 190 del Código de Procedimiento Civil, mucho menos vulnera el derecho al debido proceso que cuenta la parte recurrente, quien mediante un absurdo argumento de no corresponder la fecha de titularidad, pretende anular el proceso para que se dicte una Sentencia que recaiga sobre las cosas litigadas, en la manera en que hubieren sido demandadas, apreciación que en el caso concreto no es la correcta, toda vez que estaría soslayando las pruebas producidas en obrados, que demuestran que en la pretensión de la parte actora existió un lapsus numérico al consignar 15 de octubre en vez de 16 de octubre, situación que como se tiene dicho supra y además fue considerada por el Tribunal de Alzada, no amerita una sanción de nulidad de obrados