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    Auto Supremo AS/0949/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0949/2015

    Fecha: 14-Oct-2015

    Siendo excusable el error no se impone multa

    Siendo excusable el error no se impone multa
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Denuncian que al fallecimiento de su padre, su medio hermano Efraín España Vargas conjuntamente su
    • Con estos antecedentes y en mérito al derecho propietario que les asiste interponen demanda ordinara
    • Citados los demandados, se apersona Isabel Vargas Vda
    • Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Segundo de Partido en lo Civil de
    • Del contenido del Recurso de Casación, se tiene lo siguiente
    • 2
    • 3
    • 4
    • Por lo expuesto, al amparo del art
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Establecido lo anterior, corresponde señalar que el proceso comprende distintas fases o etapas que deben
    • Establecido lo anterior corresponde asimismo señalar que el principio de impugnación que está presente en
    • Corresponde asimismo señalar que el recurso de apelación se constituye en el más importante y
    • En el caso de Autos, el Tribunal de Alzada confirmó la Sentencia recurrida que declaro
    • Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal fallar en la forma prevista por
    • POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Siendo excusable el error no se impone multa
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.

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