Auto Supremo AS/0949/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0949/2015

Fecha: 14-Oct-2015

Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Segundo de Partido en lo Civil de

Sustanciado el proceso en primera instancia el Juez Segundo de Partido en lo Civil de Quillacollo, mediante Sentencia de 06 de febrero de 2006, cursante de fs. 216 a 220 y vta., declaró improbada la demanda principal interpuesta por Arminda España Vda. de Arzabe por sí y en representación de Alicia España Paniagua y probada la excepción de improcedencia formulada por Isabel Vargas Vda. de España, improbada la demanda reconvencional y probada las excepción de improcedencia formulada por Arminda España Vda. de Arzabe. Contra esa Resolución de primera instancia, ambas partes; las demandantes Arminda España Vda. de Arzabe por sí y en representación de su hermana Alicia España Paniagua y los demandados Efraín España Vargas e Isabel Vargas Vda. de España interpusieron recurso de apelación, en cuyo mérito la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por Auto de Vista de 04 de marzo de 2011, confirma la Sentencia apelada; en contra de esta última Resolución de segunda instancia los demandados recurren de casación, mismo que se pasa a considerar y resolver