Auto Supremo AS/0951/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0951/2015

Fecha: 14-Oct-2015

La recurrente reitera que en la Adjudicación Municipal contenida en el testimonio Nº 5899/2009 tiene

Acusa que tanto la Juez A quo como el Tribunal de Alzada apreciaron subjetivamente la prueba vulnerando el art. 1286 del Código Civil y art. 397 de su Procedimiento, pues la afirmación contenida tanto en la Sentencia como en el Auto de Vista es totalmente errónea por cuanto no se aportó prueba literal alguna referente a las medidas y extensión superficial de la “Avenida Aliso”; así como tampoco se acreditó que toda adjudicación municipal debe durar más de treinta días y no treinta días como ocurrió en su caso, más aun si con la adjudicación lo que se afectó fue terreno de la Avenida Aliso y no terreno municipal; a margen de que dichos extremos no fueron objeto del Auto de Relación Procesal
La recurrente reitera que en la Adjudicación Municipal contenida en el testimonio Nº 5899/2009 tiene causa y motivo licito