Auto Supremo AS/0958/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0958/2015

Fecha: 14-Oct-2015

En el caso que se analiza Ana Cristina Vaca Gómez interpuso demanda de cumplimiento de

En el caso que se analiza Ana Cristina Vaca Gómez interpuso demanda de cumplimiento de contrato contra María Olga Mendía Gandarilla, manifestando que la demandada ha suscrito un contrato de anticresis con Orlando Parada Vaca con relación al inmueble ubicado en la zona este, Barrio Los Chóferes U.V.6, Manzana 8, sobre la calle Tte Alderete No 60, estableciendo en el contrato según cláusula sexta ( documento que cursa de fs. 1 a 3) que el anticresista Orlando Parada Vaca tiene la opción de compra, quien podrá hacer uso de esta opción cancelando la suma de $US. 100.000.- adicionales a la suma entregada en calidad de anticrético de $us.20.000., en cuyo caso la propietaria asume el compromiso de firmar la minuta de transferencia en favor de Orlando Parada Vaca. Asimismo la demandante solamente es la usuaria del anticrético, no se tiene demostrado la legitimación ad causam para demandar el cumplimiento del contrato donde se ha pactado o convenido la opción de compra entre la propietaria del inmueble María Olga Mendía Gandarillas y Orlando Parada Vaca como anticresista, teniendo la legitimación ad causam para pedir el cumplimiento del contrato Orlando Parada Vaca y no la demandante Ana Cristina Vaca Gómez y en mérito a ello la demandada María Olga Gandarilla interpuso la excepción previa de incapacidad e impersonería de la demandante habiendo sido declarada probada y confirmada por el Tribunal de Alzada, resolución que tiene carácter de Auto Definitivo