Auto Supremo AS/0996/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0996/2015

Fecha: 29-Oct-2015

En el segundo caso, debió observar que si el A quo consideraba que no era

En el segundo caso, debió observar que si el A quo consideraba que no era competente para resolver la causa por corresponder a la esfera familiar, no debió declarar probada la demanda, sino debió declarar su incompetencia. Este aspecto tampoco fue observado por el Tribunal de alzada, lo que debió hacer de oficio por ser un defecto de procedimiento que afecta el orden público, y constituye causa de nulidad por previsión del art. 252 del CPC, en concordancia con el art. 237 inc. 4) del mismo cuerpo legal