En el contexto anterior, añade que no se tomó en cuenta que toda persona tiene
En el contexto anterior, añade que no se tomó en cuenta que toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de su domicilio siendo la única excepción constitucional a este derecho corresponde la autorización judicial, este aspecto relacionado a que ninguna persona puede ser condenada sin juicio previo y proceso legal, de ahí que la Sentencia y el Auto de Vista infringieron el derecho a la inviolabilidad de domicilio al que tiene Juan Pablo Soruco Barrientos, al resolver en una exclusión probatoria en la cual determinaron, que la co-imputada Natasha Daix tiene derecho a otorgar el consentimiento para ingresar al domicilio de Juan Pablo Soruco, otorgándole solamente el derecho a la inviolabilidad de domicilio a favor de Natasha Daix y no a Juan Pablo Soruco. Por otro lado, señala que el Auto de Vista declara la improcedencia de este motivo alegando la aplicación del art. 293 del CPP; sin embargo, se olvidan que esta es una norma procesal que no puede estar encima de un derecho constitucional aspecto que vulnera el art. 25.I y 115. II de la CPE y el art. 1 del CPP
- Por memorial presentado el 1 de octubre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Pablo Soruco Barrientos interpuso recurso de
- c) Por diligencia de 24 de septiembre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En el contexto anterior, añade que no se tomó en cuenta que toda persona tiene
- Con relación a lo señalado invoca como precedente contradictorio la Sentencia Constitucional Plurinacional 1958/2013 de
- 2) Señala que se convalidó una Sentencia defectuosa por fundamentación insuficiente en inobservancia del art
- Con relación a la temática planteada invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 6 de
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
