Motivo en el que se acredita el incumplimiento de los presupuestos de viabilidad del recurso
Motivo en el que se acredita el incumplimiento de los presupuestos de viabilidad del recurso de casación y ante la denuncia de vulneración al debido proceso, la sola mención de estos derechos vulnerados no cumple las advertencias plasmadas en el acápite III, relativos a los presupuestos de flexibilización que permitan el análisis de fondo del recurso de casación, mediante la admisión por vía excepcional; en tal sentido, de lo que se advierte que el recurrente ha omitido precisar los aspectos que en su recurso de apelación, no fueron debidamente fundamentados o se omitió dar respuesta, porque tan solo se refiere a “los cuestionamientos planteados” (sic) sin tener precisión de los que se refiere, siendo una expresión genérica; asimismo no existe una identificación de errores, omisiones o deficiencias en la fundamentación y por ultimo no determina la magnitud y extensión del acto violatorio dañoso que implique restricción o disminución del derecho o garantía con repercusión constitucional, razones insuficientes que determinan la inadmisibilidad del presente motivo
- Por memorial presentado el 27 de julio de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- b) Contra la mencionada Sentencia y el Auto de Complementación y Enmienda de 24
- c) El 20 de julio de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Referida a la valoración defectuosa de la prueba, señaló que el Tribunal
- 4) Respecto al cuarto motivo, señaló que el Tribunal de alzada, omitió el pronunciamiento expreso
- 5) Con referencia al quinto punto, alegó que el Tribunal de alzada fundamentó
- 6) Finalmente alega, “Nulidad sobreviniente por omisión de notificación a las partes
- El art
- 42 de Ley del Órgano Judicial (LOJ) que establece entre otras atribuciones de las Salas
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 20 de julio de 2015, el
- Toda vez que se advierte el incumplimiento de los requisitos formales de viabilidad del recurso
- En el segundo motivo, referido al defecto de la Sentencia contenido en el art
- Respecto al tercer motivo, referido a la valoración defectuosa de la prueba, acusó que el
- Ante la denuncia de vulneración del principio de la sana critica, del derecho a la
- Con relación al motivo cuarto, denunció que el Tribunal de alzada, omitió el pronunciamiento expreso
- Motivo en el que se acredita el incumplimiento de los presupuestos de viabilidad del recurso
- En cuanto al quinto motivo, alegó que el Tribunal de alzada fundamentó con criterio similar
- Igualmente, se ha aludido situaciones de presunta vulneración de derechos o garantías fundamentales a la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
