Auto Supremo AS/0652/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0652/2015-RA

Fecha: 26-Nov-2015

Agrega en la parte final de su recurso, que se aplicó incorrectamente los arts


Agrega en la parte final de su recurso, que se aplicó incorrectamente los arts. 351 y 357 del CP; por cuanto, se habría subsumido hechos que no constituirían delito, sin embargo, habría sido sancionada, vulnerándose el derecho a la legalidad establecida en los arts. 115.I y 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE), ya que a su criterio, al existir duda razonable se incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales constituyendo un defecto absoluto insubsanable, lo que determinaría la “nulidad de la Sentencia impugnada No. 1/2015”