De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Conforme establece la jurisprudencia de los Autos Supremos 310/2008 y 93/2002 de 8 de marzo, que establecen: ”QUE LAS RELACIONES DE PRESTAMO SON DE EXCLUSIVA JURIDICCION CIVIL Y QUE LA VIA PENAL ES DE ULTIMA RATIO”; se establece que el presente caso deviene de un documento de carácter civil, por cuanto el “JUEZ A QUO Y LOS SEÑORES VOCALES debieron REMITIR ANTECEDENTES AL SEÑOR JUEZ DE INSTRUCCIÓN MIXTO CAUTELAR…” (sic), conforme lo establece la doctrina legal citada, en observancia del principio de universalidad
- Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) El Tribunal de alzada concluye, que no se dictó otra Sentencia en
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se evidencia que la recurrente cumple con el primer requisito
- Revisados los tres motivos traídos en casación, verificando el cumplimiento de los requisitos descritos por
- Cabe aclarar, que las Sentencias Constitucionales no constituyen precedentes contradictorios conforme determina el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
